REDEFINIENDO EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
Cita:
BACK, P. (2013). Redefining The Criminal Justice
System. American
Jails, 26 (6), 8.
Dentro
de la expectante sociedad y su población carcelaria, se encuentran unas
relaciones de aislamiento y circunscripción a la reducción de los espacios
sociales de justicia, donde se reducen drásticamente los lazos familiares
normales dentro del desarrollo y la formación práctica de los ciudadanos con
respecto a lo que se podría lograr evidenciar en el tratamiento penitenciario.
Lo que
el autor llama el potencial de reintegración, son las facultades que una
persona puede llegar a reintegrarse bajo unas condiciones propias en el
confinamiento. Debido a la fase final del delincuente desde la sentencia.
Para
realizar el potencial máximo de reintegración, La programación de reinserción
debe incorporarse a la fase final de la sentencia de cada delincuente sentenciado
a un término de no menos de seis meses de confinamiento, porque la eliminación
de la sociedad por este período de tiempo significativamente rompe o destruye
cualquier apoyo pro-social relaciones en la comunidad que el ex delincuente tenido.
(Back. 2013, p. 13)
Sin
embargo es precipitado y discriminatorio afirmar la solución efectiva a la
reinserción social a las personas que se encuentran sancionadas o han sido
penadas, debido a que el sistema judicial colombiano en el ejemplo, se
encuentra totalmente reducido a factores de eficacia material en la ejecución
de una búsqueda de una sentencia condenatoria, porque fácilmente los procesos
de sanción se demoran en su materialización.
Lo invitamos a leer: Sentimiento de Justicia
De
esta manera limitar a las personas que han sido sancionadas, las facultades o
los beneficios de resocialización, resulta flagrante de violación de derechos
con respecto a la igualdad de las otras personas que todavía cursan un proceso
ante la Fiscalía General de la
Nación.
Nación.
Así
las cosas, deben darse iguales tratos con respecto a los beneficios a las
personas tanto sancionadas o que están en curso, debido a que se encuentran en
el mismo espacio de confinamiento y merecen un trato igualitario a los
beneficios proscritos por la ley. Aunando que los mecanismos alternativos de
sanción que se proponen, deben ser los mismos a estructurar de una u otra
manera a las personas que han sido sancionadas como a las que no.
Dentro
de la percepción general se debe trabajar en pro de la consolidación de una
justicia restaurativa que no solo clasifique a los sancionados y los que no lo
son, sino que los dignifique con estrategias definidas para plantear unos
lineamientos propios en la búsqueda de una eficacia material y real de los
medios efectivos a la reinserción social.
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