APROXIMACIONES ANTROPOLÓGICAS EN TORNO DE LA POLÍTICA PENITENCIARIA
Cita:
Vázquez
Martínez, A. E., de Tiempo Completo, P., & de Ciencias Jurídicas, D.
(2017). Jóvenes en prisión: Aproximaciones antropológicas en torno de la
política penitenciaria. Revista
Cuicuilco, 24(69), 229-252.
La construcción teórica definida a un grupo
poblacional como el juvenil, es una variable en la aplicación de la alternativa
de sanción penal, en correspondencia y relación a lo que podría significar las
incidencias en el comportamiento con respecto a la edad de la persona en la
aplicación.
Dentro del castigo normativo, se trata de
ejemplificar por lo menos un carácter distinto de la población mayor de edad y
la menor de edad, sin embargo no representa caracteres diferenciadores en
relación a aplicaciones propias de la reinserción social en los diferentes
grupos poblacionales.
Una
de las funciones del sistema penitenciario es la intervención de los conflictos
sociales, específicamente los vinculados con la trasgresión de la norma penal.
Parte de la labor de este sistema se concentra en el “tratamiento
especializado” dirigido a personas trasgresoras y tiene el propósito declarado
de “reintegrarlas”. Los espacios donde se desarrollan los tratamientos para la
reintegración se conocen con el nombre de “comunidades para adolescentes en
conflicto con la ley (penal)”. (Vázquez. 2017, p. 231)
Ahora bien, dentro de la alternativa de
sanción penal se deben tener parámetros diferenciadores según la aplicación de
la edad a la persona objeto de nueva característica, debido a que posiblemente
por su edad tenga una relación directa en la aplicación de estrategias
reeducativas más eficientes en verificar unas posibles relaciones sociales de
salida de la vida criminal.
La
importancia radica en la temprana relación con la vida criminal, que reduce su
factor operacional de ocupación en muchos casos y su expectativa de vida se ve
drásticamente reducida. Por lo que se debe implementar estrategias pedagógicas
claras a estos individuos jóvenes que requieren una especial protección del
Estado, en la adjudicación de estrategias de reinserción social.
Esta
individualización disciplinaria que persiste en los mecanismos penitenciarios
se corresponde con la idea de consenso social y legalidad respecto del castigo
impuesto al individuo desviado de dicho consenso. De ahí la inevitable
relación de complementariedad que idealmente vincula al individuo con la
sociedad. En términos descriptivos, el individuo poseerá implícita o
explícitamente una determinada concepción de la sociedad y viceversa. (Vázquez.
2017, p. 236)
Es
trascendental recuperar a la población criminal joven de esa cosmovisión
impuesta por parámetros diferenciadores de otros reclusos o población
penitenciaria mayor, debido a que son potencialmente victimas de otros
delincuentes en la apropiación material de sus servicios, con respecto a
factores externos como sustancias psicoactivas utilizadas en su
individualización. De esta manera la protección especial del Estado debe ser
determinante en la aplicación de la sanción.
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