BUSQUEDA A LOS CASTIGOS OCULTOS: UN ENFOQUE ALTERNATIVO PARA ESTUDIAR SANCIONES ALTERNATIVAS.


Cita:
Yan, S. (2017). Search for the Hidden Punishments: An Alternative Approach to Studying Alternative Sanctions. Journal Of Quantitative Criminology, 33(1), 21-44. doi:10.1007/s10940-015-9275-4

 Existen unos patrones de conducta que son sancionados mediante las redes del sistema judicial contemporáneo normalizado y general, que ha sido aceptado desde un trasegar histórico reflejado en el aislamiento, donde genera espacios de inflexión con respecto al comportamiento social del individuo.


Un poco de historia: Castigos en la Mitología

La mayoría de los estudios existentes sobre las sentencias se centran en la decisión de si se debe o no encarcelar a un individuo convicto. Sin embargo, muchos casos no implican encarcelamiento, y hay una cantidad considerable de libertad para imponer sanciones alternativas como parte de una decisión de sentencia.(Yan. 2017, p. 21)

Las sentencias judiciales como es común se centran en medidas de reclusión en centros de establecimientos carcelarios, donde ignoran las expectativas con respecto a los casos que no generan unas características al peligro de la sociedad, para no requerir una medida de aseguramiento en centro de reclusión.

Estas medidas se pueden imponer en cantidades considerables según las percepciones propias a la decisión de la sentencia, como lo es la calidad de información que puede tener el juzgador a la hora de establecer estos parámetros, para aplicar una determinada sanción conforman a lo que se podría establecer dentro de las alternativas.

Generalmente la incidencia a los medios alternativos de decisiones judiciales no son bien recibidos por los operadores judiciales, en la medida que no ofrecen según los criterios sociales una medida efectiva de satisfacción al castigo como daño reciproco, porque el sistema es vengativo de por si, a lo que hace referencia solamente a una sanción de aislamiento todo comportamiento.

La literatura existente sugiere que los miembros del grupo de trabajo del tribunal dictan sentencia las decisiones en torno a la oración en lugar de simplemente la "severidad total" de la oración para dos razones. Primero, las sanciones alternativas están diseñadas para ser cualitativamente diferentes. Frase los paquetes que implican diferentes conjuntos de sanciones pueden ser cuantitativamente "iguales" en cuanto a la gravedad, pero las diferencias cualitativas hacen que sea improbable que sean administradas indistintamente. (Yan. 2017, p. 25)

Entonces podríamos clasificar según las conductas dentro de la gravedad en la afirmación que todas son graves, no entrando a parámetros diferenciadores con respecto a su mayor o menor grado, sino en el daño a la sociedad que de por sí está justificado, pero el juez tendrá que especificar en qué casos podría establecer alternativas de sanción o en que caso no ameritaría.
Lo que en últimas genera una inoperancia e ineficacia material de las sanciones alternativas, porque de nuevo por miedo al rasero de la sociedad, no se aplica y volveríamos al mismo ruedo de ineficacia.


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