EL FRACASO DE LA RESOCIALIZACIÓN EN COLOMBIA




Cita: Hernández Jiménez, Norberto (2018) " El fracaso de la resocialización en Colombia." Revista de Derecho. ene-jun2018, Issue 48, p1-42. 42p. DOI: http://ezproxy.unicolmayor.edu.co:2106/ehost/pdfviewer/pdfviewer?vid=2&sid=cf28cf76-737b-4971-9be6-e2e85d951818%40sessionmgr102

El fin privativo de la pena con respecto a su fase de ejecución, es una incógnita dentro del Estado Colombiano, debido a que la dignidad humana atraviesa por unos mementos que no están esclarecidos por medio del hacinamiento carcelario. Debido a que los programas de resocialización son limitados. En Colombia se analiza lo siguiente:

[1]

En principio el artículo trata de demostrar cómo lo menciona Hernández, por medio de un análisis de estadísticas y gráficos determinados con información estadística de la institución del INPEC. Como ha sido afectada la población carcelaria dentro del estado de cosas inconstitucionales, que se generan dentro de la población carcelaria. De esta manera se determina como es la situación por medio de análisis cuantitativos y resultados generales con respecto al hacinamiento y condiciones de salubridad, entre otras.
Asimismo, para preparar al individuo hacia el tránsito a la vida en libertad se le deben ofrecer opciones de contacto con la sociedad extramuros, por lo que adquieren importancia los diferentes permisos y beneficios penitenciarios, que le permiten salir de la prisión con anterioridad al cumplimiento de la pena (Rueda, 2010, p. 138) (Citado por Hernández. 2018, p. 16.)

Sin embargo, lo anterior no es solo un beneficio que tiene la persona que se encuentra dentro de la población penitenciaria que ya ha sido condenada, sino que de una u otra manera, inicia las condiciones con respecto a la posibilidad de resocializarse como un instrumento de dignidad humana, por medio del Estado que tiene la obligación para garantizar a esta población la resocialización con una posibilidad de remuneración. [2]

De esta manera, es necesario buscar cuestiones o hacernos preguntas que nos permitan como resolver de fondo la crisis en el sistema penitenciario y carcelario colombiano, en la reforma del pensamiento en pro de una búsqueda más rápida y eficaz que promueva los lineamientos para transformar la realidad de las cárceles en el país.
En principio se debe establecer cuestiones que transformen el problema de fondo de la administración de justicia con respecto a las limitantes que se realizan y sus diferentes problemas en la ejecución. Sin embargo la propuesta por alternativas de sanción penal que propendan por una justicia más eficaz en torno con los lineamientos generales que se realizan con la reinserción social seria lo indicado.
El apostar por estas alternativas facilitaría los criterios de realización de todas las cuestiones prácticas dentro de la legislación penal, como una apuesta por lo principal dentro de la justicia que se volvería accesoria dentro de las cuestiones generales de reinserción social.
En ultimas si las personas que se encuentran dentro de estos inconvenientes, pueden salir por medio de herramientas del estado, en pro de una búsqueda del control efectivo de la reinserción social sería lo ideal dentro de todo el estado inconstitucional de cosas, que afecta a todos las personas que se encuentran dentro y fuera del recinto carcelario.

Noticia: Convivencia en paz en la cárcel

Fuente: Globedia el diario Colaborativo. 




[1] Gráfico 1. Hernandez. 2018, p. 8.
[2] Está remuneración, que a voces del artículo 86 CPC debe ser equitativa, no necesariamente corresponde al salario mínimo legal, a menos que se trabaje con un tercero que haya contratado con el establecimiento de reclusión, caso en el cual las condiciones deben ser similares a las que existen para el trabajo libre (Sentencia T-429 de 2010, M.P. Juan Carlos Henao Pérez).

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